El Tribunal Supremo avala el uso de denuncias anónimas para poner en conocimiento de los responsables de la empresa de la existencia de prácticas delictivas y que se inicie una investigación interna, sin que sea necesario identificar al autor.
Xavier Gil Pecharromán, elEconomista.es, 12/02/2020

Así, lo establece el Alto Tribunal en una sentencia, de 6 de febrero de 2020, en la que recuerda que el ‘canal de denuncias interno’ ha sido incluido en la reciente directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, que protege a las personas que informan sobre infracciones del derecho de la Unión.
